A partir del 21 de mayo es obligatorio el uso de mascarillas, según Orden SND/422/2020, del Ministerio de Sanidad.

* Quedan obligados al uso de mascarillas en los espacios señalados las personas de seis años en adelante.

La obligación no será exigible en los siguientes casos:

a) Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.

b) Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

c) Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.

Espacios en los que resulta obligatorio el uso de mascarilla.

– En la vía pública

– En espacios al aire libre

– En cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.